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martes, 13 de junio de 2017

Banco Popular: al final pagarán los del club de los pringaos

Recientemente, el Fondo de Regulación y Ordenación Bancaria (FROB), dando cumplimiento a la orden dada por la Junta Única de Resolución de la Unión Europea (JUR), procedió a amortizar A VALOR CERO, las acciones del Banco Popular. Al mismo tiempo se acordaba transformar los bonos y la deuda subordinada de la entidad en acciones y transmitirlas al Banco de Santander por la cantidad simbólica de un euro. Bonistas y titulares de deuda subordinada corrían pues, con la misma “nocturnidad”, la misma suerte que los accionistas de la entidad. Estas decisiones se adoptaron inmediatamente después de que el Banco Central Europeo (BCE) declarase al Popular como “entidad inviable”. Esta decisión de las autoridades, sin precedente en Europa, ya ha sido tachada como de “confiscación de acciones”.

Con independencia de la calificación o el nombre de la cosa, el efecto es claro: Accionistas, bonistas y titulares de deuda subordinada del banco, en definitiva, los propietarios del Banco hasta ese momento, pierden la titularidad del banco, en la proporción que cada uno ostentara, en favor del Santander, sin compensación alguna…..al menos de momento.

En definitiva, que el Popular, una institución saneadísima según nos explicó Luis de Guindos hace menos de un año, un banco que había superado los famosísimos tests de estress del Banco Central Europeo, se ha desplomado de la noche a la mañana. Intentaré explicar lo que ha pasado, lo que está pasando y lo que está por venir. Procuraré ser claro y conciso. Para algunos tecnicismos que no puedo eludir, les remito a otros de mis artículos divulgativos sobre la crisis financiera (1, 2, 3, 4, 5, 6, 7).
Al margen del dinero de sus impositores y de los negocios normales de la banca tradicional a los que me referiré con el sintagma «operativa bancaria tradicional», los bancos, como el resto de las empresas, se capitalizan principalmente con el capital que aportan sus accionistas y la emisión de deuda (bonos subordinados). En un escenario de apetito por el riesgo es más conveniente emitir acciones, mientras que periodos en los que el clima es más pesimista es más atractivo emitir deuda.
La deuda subordinada la componen títulos de renta fija en los que el cobro de los intereses puede estar condicionado a la existencia de un determinado nivel de beneficios. Al establecerse el orden de pago a los acreedores, en caso de liquidación o quiebra de la entidad emisora, esta deuda se coloca por detrás de los acreedores ordinarios y, por tanto, el reembolso de estos bonos subordinados se paga únicamente cuando ya se han satisfecho las deudas ordinarias. A cambio de este mayor riesgo que asumen los compradores de bonos subordinados, estos ofrecen una rentabilidad mayor a la del mercado de renta fija estricto, con el objetivo de atraer y captar los inversores y compensar el menor rango y peor orden de prelación de cobro.
Tanto si usted pone su dinero comprando acciones o comprando bonos subordinados, debe saber que sus ahorros juegan en Bolsa y, como ocurre con todos los juegos, unas veces se gana y otras se pierde y como ha ocurrido con el Popular, a veces se pierde todo. En el ámbito de la crisis financiera española, y antes del derrumbe del Popular, los tenedores de deuda subordinada de los bancos y cajas de ahorro que han tenido que ser rescatadas por el Estado y la Unión Europea, han contribuido a la reestructuración de las mismas asumiendo unas pérdidas totales de 12.000 millones de euros.
Posición diferente es la de los impositores u otro tipo de clientes que participan en la operativa bancaria tradicional que no está sujeta directamente al casino bursátil. Obviamente, quienes ponen su dinero ahí obtienen muy poco rendimiento o ninguno. Seguro que duermen más tranquilos, aunque sus ahorros merman poco a poco de acuerdo con la inflación. A uno de enero de cada año, con un euro se pueden comprar algo que, el uno de enero del año siguiente, valdrá un euro más el porcentaje de la inflación anual.
Que el dinero en cuentas corrientes u otros instrumentos de la operativa bancaria está más seguro es un decir. Si se produce la quiebra del banco, también se pierden los depósitos superiores a 100.000 euros. Por debajo de esa cifra, el Fondo de Garantía de Depósitos garantiza la recuperación de lo ahorrado. Lo que ha ocurrido ahora con el Banco Popular es que se ha evitado la quiebra, pero a costa de que las acciones y los bonos subordinados hayan perdido todo su valor.
¿Quién ha decidido esa desvalorización absoluta? El BCE, la institución encargada de velar por la estabilidad financiera en el seno de la UE. Para desinfectar al Popular, el BCE ha empleado tres niveles operativos:  el Mecanismo Único de Supervisión (MUS) y la JUR, ambos con jurisdicción en la UE, y el FROB, de ámbito exclusivamente español. Según la estructura de la Unión Bancaria creada durante la crisis del euro, el MUS se encarga de vigilar la solvencia de las entidades, mientras que la JUR, el brazo armado del MUS, es la que las interviene y resuelve cuando su situación se vuelve insostenible.
El tercer escalón, el FROB español, recibió el encargo de sus mayores de que buscara un comprador para ese barco a la deriva que era el Popular. No tuvo que trabajar mucho: únicamente el Santander estaba dispuesto a cargar con el muerto por un euro y con condiciones. El Santander se quedó con toda la responsabilidad de la operativa bancaria (los impositores respiraron aliviados), incluyendo la red de sucursales y el personal; además asumía los casi 37.000 millones de activos enladrillados que habían sido la ruina del Popular, pero no quería saber nada de accionistas y asimilados. El banco de los Botín compró el banco descapitalizado, es decir con el valor de los bonos y las acciones a cero.
En un caso típico de entre todos lo mataron y uno solo se murió. Las reclamaciones al maestro armero. Como pasó con el rescate de las cajas de ahorros, la resolución y venta del Banco Popular al Santander tiene muchos culpables, lo cual, como dice la sabiduría popular y aprendimos de Fuenteovejuna, es como no tener ninguno. En las últimas horas, hemos asistido a declaraciones de todos los implicados —Economía, el FROB, el BCE y el Santander— que descargan la responsabilidad en los demás de cara a una posible compensación a los accionistas y a las seguras demandas.
Mientras tanto, los despachos de abogados están afilando los cuchillos y las asociaciones y plataformas habituales en estos casos se han lanzado a captar clientes entre los restos del naufragio con el reclamo de que solo cobran si ganan. Entre los grandes accionistas y bonistas damnificados hay grandes fondos de inversión y tiburones de las finanzas que saben muy bien lo que tienen que hacer: demandar. Los pequeños accionistas y tenedores de deuda, no saben a qué carta quedarse ni contra quién ir.

Se abren varias vías a explorar, si bien, una de las más prácticas y eficaces, para los pequeños inversores particulares, -sobre todo para los titulares de acciones adquiridas en la última ampliación de capital-, será, sin duda, la demanda civil-mercantil de carácter individual en reclamación de los daños y perjuicios sufridos, bien por actuación dolosa o gravemente negligente de la entidad y/o sus administradores, bien en reclamación de la nulidad de aquellas compraventas por error en el consentimiento prestado para la adquisición de las acciones.

Al final, alguien pagará. Diga Guindos lo que diga, al final pagaremos los de siempre, los del club de los pringaos. © Manuel Peinado Lorca, 2017. @mpeinadolorca.